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ORDEN CDS/1298/2020, de 18 de noviembre, por la que se prorroga la calificación del Municipio de Épila como Área Especial de Servicios Sociales.

Publicado el 21/12/2020 (Nº 251)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

La Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, contempla, dentro de los objetivos de las políticas de servicios sociales, en su artículo 2, el de prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas o los grupos y desarrollar estrategias que favorezcan su inclusión social.

La inclusión social es un fenómeno complejo que exige actuaciones en las que los propios ciudadanos afectados son sujetos activos en el proceso de transformación social, más allá de una visión de tipo asistencial ya superada. La exclusión no se explica con arreglo a una sola causa, sino a un cúmulo de circunstancias desfavorables, a menudo interrelacionadas que requieren actuaciones globales, integrales y coordinadas.

La Orden CDS/1055/2018, de 16 de enero, en desarrollo de lo establecido en el artículo 8 del Decreto 55/2017, de 11 de abril, por el que se aprueba el Mapa de Servicios Sociales, vino a calificar al municipio de Épila como Área Especial de Servicios Sociales entendiendo que se trata de una unidad territorial que presentaba determinadas características, de carácter social y geográfico y que se requería actuaciones específicas para favorecer el acceso a los recursos del sistema público de servicios sociales y para la atención de necesidades sociales específicas.

En concreto, la necesidad de calificación del municipio de Épila como área especial de servicios sociales se basaba en la situación de pobreza y exclusión social, localizada fundamentalmente en la zona denominada "los cabezos" y en el deterioro vecinal, que requería una intervención social específica a través de un programa para la promoción, integración y normalización de la población objeto de la intervención.

Para gestionar el referido programa específico se formalizó un convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Épila que contemplaba los apoyos económicos y técnicos para su desarrollo.

Una vez concluida la intervención social en el municipio, amparada por el convenio firmado, se ha constatado que, a pesar de los avances desarrollados y de los esfuerzos que el Ayuntamiento y los Servicios Sociales Comarcales y Municipales llevan a cabo, es conveniente prolongar en el tiempo los proyectos y actuaciones específicas de carácter integral a nivel individual, grupal y comunitario del programa de actuación puesto en marcha en 2018 para la promoción, integración y normalización de la población en el municipio.

Se mantiene la necesidad de establecer abordajes especializados de intervención educativa, familiar y social de carácter integral que favorezca la integración y normalización social de las personas y sus familias, de regeneración de la habitabilidad de las viviendas y de promoción del acceso a vivienda normalizada, así como las actuaciones que se contemplan en materia de empleo, educación, coordinación, promoción de la mujer y fomento de la participación social y mejora de las relaciones sociales y vecinales.

Todo ello justifica la necesidad de prorrogar la colaboración entre el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Épila para el diseño, y ejecución de un programa de intervención especializada cuyos recursos económicos y técnicos se reflejen en un convenio plurianual para 2021 y 2022.

Para ello resulta oportuno dictar una Orden que prorrogue, para dichas anualidades, la calificación de área especial del municipio de Épila.

Así pues, en virtud de lo expuesto y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas conforme a lo establecido en el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, dispongo:

Primero.- Prorrogar para 2021 y 2022 la calificación de la zona denominada "Los cabezos" del municipio de Épila como Área Especial de Servicios Sociales, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 55/2017, de 11 de abril, por la que se aprueba el Mapa de Servicios Sociales de Aragón, ya que persisten las circunstancias que determinaron su calificación en 2018.

Segundo.- El Instituto Aragonés de Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Épila formalizarán un convenio de colaboración que contemple los apoyos económicos y técnicos para el desarrollo de un programa específico de promoción, integración y normalización social para los años 2021 y 2022.

Tercero.- La gestión del referido programa corresponde al Ayuntamiento de Épila.

Zaragoza, 18 de noviembre de 2020.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA